DecretoVigente
Decreto 1469 de 1990
por el cual se crea el Consejo Gubernamental de Política Portuaria y se dictan normas para su organización y funcionamiento.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Consejo Gubernamental De Política Portuaria, Como Organismo Consultivo Del Gobierno Nacional, Adscrito Al Ministerio De Obras Públicas Y Transporte, Que Estará Integrado En La Siguiente Forma: A) El Ministro De Obras Públicas Y Transporte O El Viceministro Como Su Delegado, Quien Lo Presidirá; B) El Ministro De Desarrollo O El Viceministro Como Su Delegado; C) El Ministro De Hacienda Y Crédito Público O El Viceministro Como Su Delegado; D) El Jefe Del Departamento Nacional De Planeación O El Subjefe Como Su Delegado; E) El Director General Marítimo Y Portuario Del Ministerio De Defensa Nacional; F) El Gerente General De La Empresa Puertos De Colombia2El Consejo Nacional De Política Portuaria Ejercerá Las Siguientes Funciones: A) Propiciar La Coordinación Entre Las Entidades Que Tienen Responsabilidades En El Desarrollo Y La Gestión Del Sistema Portuario Nacional, Para Garantizar La Coherencia E Integración De Sus Decisiones Y Ejecuciones3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 1° del Decreto extraordinario 1050 de 1968
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Oscar Botero RestrepoEl Ministro de Defensa Nacional
- María Mercedes Cuéllar De MartínezLa Ministra de Desarrollo Económico
- Luz Priscila Ceballos OrdóñezLa Ministra de Obras Públicas y Transporte
- Luis Bernardo Flórez EncisoEl Jefe de Departamento Nacional de Planeación