DecretoVigente
Decreto 548 de 1930
Por el cual se señala el personal de Policía Sanitaria en Puerto Colombia y sobre servicio doméstico de la estación sanitaria del mismo puerto
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Redúcese A Tres El Número De Agentes De Policía Sanitaria De Puerto Colombia, Desde El 1° Del Presente, A Quienes Para Efectos Fiscales Se Les Reconoce Sueldo De $ 50 Mensuales Desde El Primero De Febrero Último, Por Venir Prestando Sus Servicios Desde Esa Fecha2Desde El Primero Del Presente Se Reducen A Dos Los Sirvientes De La Estación Sanitaria De Puerto Colombia, Con Asignación Mensual De $ 30, Señalada Por La Resolución Número 92, Dictada Por El Ministerio De Gobierno En 19293Queda En Estos Términos Modificado El Decreto Número 233 Del Presente Año
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