° Desde el primero del presente se reducen a dos los sirvientes de la Estación Sanitaria de Puerto Colombia, con asignación mensual de $ 30, señalada por la Resolución número 92, dictada por el Ministerio de Gobierno en 1929.
Decreto 548 de 1930 →Vigente
Artículo 2
Desde El Primero Del Presente Se Reducen A Dos Los Sirvientes De La Estación Sanitaria De Puerto Colombia, Con Asignación Mensual De $ 30, Señalada Por La Resolución Número 92, Dictada Por El Ministerio De Gobierno En 1929
Decreto 548 de 1930 · Por el cual se señala el personal de Policía Sanitaria en Puerto Colombia y sobre servicio doméstico de la estación sanitaria del mismo puerto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.