DecretoVigente
Decreto 1633 de 1920
Por el cual se destina un predio de la Nación al servicio del Ministerio de Guerra
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Destinase El Predio Denominado San Cristóbal Para El Establecimiento De Las Fábricas De Municiones Del Gobierno, Para Lo Cual El Ministerio De Hacienda Hará Entrega Real Y Material Del Fundo Con Sus Linderos, Al Ministerio De Guerra, Quien Cuidara De La Conservación, Mejora Y Arbolización De Las Orillas Del Rio Fucha, Y Saneamiento De Las Aguas2El Ministerio De Guerra Tomara Las Medidas Necesarias Para Conservar El Buen Estado De Las Medianerías Existentes, O Para Construir Las Que Fueren Convenientes Para La Clausura Del Predio
03