º El Ministerio de Guerra tomara las medidas necesarias para conservar el buen estado de las medianerías existentes, o para construir las que fueren convenientes para la clausura del predio.
Decreto 1633 de 1920 →Vigente
Artículo 2
El Ministerio De Guerra Tomara Las Medidas Necesarias Para Conservar El Buen Estado De Las Medianerías Existentes, O Para Construir Las Que Fueren Convenientes Para La Clausura Del Predio
Decreto 1633 de 1920 · Por el cual se destina un predio de la Nación al servicio del Ministerio de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.