DecretoDerogado
Decreto 274 de 1942
Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con gastos públicos nacionales
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Subsistan Las Actuales Condiciones De Incertidumbre Económica Para El Fisco Nacional, Suspéndanse Los Efectos De Las Siguientes Disposiciones Legales: Artículo 4°;de La Ley 50 De 1939; Ley 57 De 1940; Por La Cual Se Modifican Los Artículos 49 Y 50 Del Decreto Legislativo Número 1714 De 1936; Artículo 14 De La Ley 94 De 19402Igualmente Suspéndense Los Efectos Del Artículo 5° De La; Ley 101 De 1937 En Lo Relacionado A Las Asignaciones Del Personal De Las Oficinas Centrales De Medicina Legal De Los Departamentos E Intendencias Del Chocó, Que Deben Ser De Cargo De Los Tesoreros Departamentales E Intendencial Respetivo3Por Las Mismas Razones De Orden Económico Y Fiscal De Que Trata El Artículo 1° De Este Decreto, Las Partidas Para Gastos De Administración Y Fomento De Los Territorios Nacionales A Que Se Refiere El Capítulo 13 De La Ley De Apropiaciones De La Actual Vigencia, Serán Las Siguientes: Artículo 804Las Partidas Sobrantes Que Resulten En Virtud De Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores, Se Trasladarán Al Presupuesto De La Policía Nacional, Según Distribución Que Hará El Gobierno5El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha