Micelio

Artículo 4

Las Partidas Sobrantes Que Resulten En Virtud De Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores, Se Trasladarán Al Presupuesto De La Policía Nacional, Según Distribución Que Hará El Gobierno

Decreto 274 de 1942 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con gastos públicos nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las partidas sobrantes que resulten en virtud de lo dispuesto en los artículos anteriores, se trasladarán al presupuesto de la Policía Nacional, según distribución que hará el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 274 de 1942