DecretoVigente
Decreto 379 de 1945
Por el cual se reorganiza la Dirección Nacional de Transportes y Tarifas del Ministerio de Obras Públicas
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, La Dirección Nacional De Transportes Y Tarifas Del Ministerio De Obras Públicas Funcionará Con Las Dependencias, Personal Y Asignaciones Mensuales Que A Continuación Se Expresan; Pero De Los 40 Retenes De Que Adelante Se Hablará, Funcionarán Por El2La Dirección Nacional De Transportes Y Tarifas, Conforme A Lo Dispuesto Por El Decreto Extraordinario Número 2313 De 1943, Artículo 3°, Tendrá Una Junta Asesora Integrada En La Forma Establecida En Dicho Decreto3Las Direcciones Seccionales De Transportes Y Tarifas Tendrán Las Atribuciones Que Les Fije La Dirección Nacional Por Medio De Resoluciones4Los Miembros De Las Juntas Asesoras De Las Direcciones Seccionales De Transportes Y Tarifas Que No Reciban Remuneración Del Tesoro Público Por Otro Concepto, Devengarán Honorarios A Razón De Cinco Pesos ($ 55Dependientes De La Dirección Nacional De Transportes Y Tarifas Del Ministerio De Obras Públicas, Créanse Cuarenta (40) Retener De Control, Que Funcionarán En Los Lugares Que La Dirección Determine, Compuesto Cada Retén De Tres (3) Agentes De La Policía Nacional6Las Funciones De Los Retenes Creados Por El Presente Decreto Serán Reglamentadas Por El Director De Transportes Y Tarifas7En Estos Términos Queda Modificado El Decreto Número 541 De 1944
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