DecretoVigente
Decreto 3714 de 1949
por el cual se aprueba la Resolución número 24 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11Aclárase El Error De Copia Que Contiene El Artículo 3° De La Resolución Número 17 De 1949, En El Sentido De Que Aquellos Giros Para El Pago De Las Licencias De Importación De Reembolso Gradual Se Clasificarán En El Ordinal 4° Del Artículo 1° De La Resolución Número 7 De 1949 Y No En El Ordinal 7°, Como Equivocadamente Apareció2El Artículo 4° De La Resolución Número 20 Quedará Así: Para Las Nuevas Industrias Esenciales A La Economía Nacional Que Utilicen Más Del 90% De Materias Primas Nacionales, Podrán Concederse, A Juicio De La Junta Directiva De La Oficina De Control De Cambios, Licencias Para La Importación De Maquinaria Y Equipo Fabriles Pagables Con Moneda Extranjera A La Tasa Oficial De Cambio, En Una Proporción Mayor A La Señalada En La Presente Resolución3Los Giros Para Gastos De Residencia De Los Empleados Que Viajen Al Exterior Por Cuenta De Empresas Cuyo Capital Pertenezca Al Estado En Porción No Inferior Al 50%, Podrán Autorizarse En Monedas A La Tasa Oficial De Cambio, Siempre Que El Viaje Tenga Relación Con El Objeto Social De La Empresa4Las Importaciones De Capital Que Hicieren Las Empresas Exploradoras O Explotadoras De Petróleo No Estarán Sujetas A Los Preceptos De Los Artículos 1° Y 3° De La Resolución Número 15 De 19495Esta Resolución Regirá Desde Su Promulgación
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