° Los giros para gastos de residencia de los empleados que viajen al Exterior por cuenta de empresas cuyo capital pertenezca al Estado en porción no inferior al 50%, podrán autorizarse en monedas a la tasa oficial de cambio, siempre que el viaje tenga relación con el objeto social de la empresa. Estos giros se autorizarán por persona, hasta un máximo de US$ 1.000 mensuales o su equivalente en otra moneda. Cualquier suma adicional sólo podrá autorizarse con moneda representada por certificados de cambio.
Decreto 3714 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Los Giros Para Gastos De Residencia De Los Empleados Que Viajen Al Exterior Por Cuenta De Empresas Cuyo Capital Pertenezca Al Estado En Porción No Inferior Al 50%, Podrán Autorizarse En Monedas A La Tasa Oficial De Cambio, Siempre Que El Viaje Tenga Relación Con El Objeto Social De La Empresa
Decreto 3714 de 1949 · por el cual se aprueba la Resolución número 24 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.