DecretoVigente
Decreto 978 de 1978
Por el cual se adiciona el artículo 8 del Decreto 538 de 1975 que establece los derechos que deben pagarse al Tesoro Nacional por concepto de utilización de frecuencia radioeléctrica en los servicios de radiocomunicaciones
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 8° Del Decreto 538 De 1975 Quedará Así: "articulo 8° Las Derechos De Funcionamiento De Las Estaciones Para El Servicio De Radiocomunicaciones Privadas, Se Liquidarán Asi: 12El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga El Decreto Número 783 De 1975 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03