° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto número 783 de 1975 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 978 de 1978 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga El Decreto Número 783 De 1975 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 978 de 1978 · Por el cual se adiciona el artículo 8 del Decreto 538 de 1975 que establece los derechos que deben pagarse al Tesoro Nacional por concepto de utilización de frecuencia radioeléctrica en los servicios de radiocomunicaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.