Micelio
DecretoVigente

Decreto 2341 de 1943

Por el cual se establece el Concurso Nacional del Niño Sano y se dictan algunas disposiciones en relación con el mismo

9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Establécese Dentro Del País Un Concurso Nacional Del Niño Sano Para Premiar El Mejor Niño, Lactante O Pre-Escolar, Que Se Presente Cada Año, De Acuerdo Con La Reglamentación Especial Que Para Tal Efecto Dictará El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Por Medio De Resoluciones2Señálase El Día Once De Marzo De 1944 Para Verificar El Próximo Concurso Del Niño Sano3Establécese Un Premio Nacional Consistente En Una Casa De Habitación Que Se Adjudicará A La Madre, Nodriza O Ama A Cuyo Cuidado Directo Haya Estado El Niño Declarado Vencedor En El Concurso4El Auxilio De $ 65La Adjudicación De La Casa De Que Se Habla En El Artículo 3°, Se Hará En Forma De Usufructo Por Dos Años, Al Final De Los Cuales Se Le Otorgará A La Agraciada El Título De Propiedad Definitivo, Siempre Que Compruebe Haber Llenado Las Siguientes Condiciones: A) Haber Seguido Llevando Durante Los Dos Años Siguientes, El Niño Al Consultorio De Vigilancia Del Niño Sano De Su Respectivo Municipio, O A Otro Cualquiera, En Caso De Cambio De Vecindad6En Caso De No Cumplimiento De Alguna O Algunas De Las Condiciones Anteriormente Anotadas, Durante Los Dos Años, El Gobierno Se Reserva El Derecho, Y Así Se Hará Constar En La Respectiva Escritura De Adjudicación, De Cancelar El Usufructo O Derecho De Posesión Temporal Y Rehabilitará Para Si El Dominio Y Propiedad Absolutas Del Inmueble, El Cual Servirá Para Aumentar Los Premios En Los Concursos De Los Años Posteriores7En Caso De Que El Precio De La Finca Raíz En El Municipio De Donde Sea Vecina La Madre, Nodriza O Ama, No Cope Sino Parte Del Valor Total Del Contrato De Que Habla El Artículo 4°, Podrán Ser Adquiridas Una O Más Casas Cuya Adjudicación Se Hará Siguiendo El Mismo Orden Riguroso Que Se Tenga En Cuenta Para La Calificación De Los Concursantes Y En Las Mismas Condiciones Señaladas En Los Artículos 5° Y 6° Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Derogado Artículo 6 Decreto 3636 De 19478Todas Las Entidades Oficiales Que Tengan Servicios De Protección Infantil Incluirán Dentro De Sus Presupuestos Partidas Para La Compra De Premios Que, A Juicio Del Jurado Calificador, Se Adjudicarán Á Los Niños Concursantes De La Localidad Respectiva9Queda En Esta Forma Abrogado El Decreto 1201 De 1937 (Julio 22)
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