DecretoVigente
Decreto 237 de 1971
Por el cual se fijan asignaciones a empleados de la Rama Jurisdiccional, Dirección Nacional y Seccionales de Instrucción Criminal, Justicia Penal Aduanera, Jurisdicción Contencioso Administrativa, Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécese La Siguiente Tabla De Asignaciones Mensuales Básicas Para El Personal De Empleados De La Rama Jurisdiccional, Direcciones Nacional Y Seccionales De Instrucción Criminal, Justicia Penal Aduanera, Jurisdicción De Lo Contencioso Administrativo Y Ministerio Público: Grado 1 $ 12A Partir De La Vigencia De Este Decreto Los Secretarios De Sala Y Los Relatores Judiciales De La Corte Suprema De Justicia Y Del Consejo De Estado, Así Como Los Secretarios De Las Fiscalías De Esta Última Corporación, Pertenecerán Al Segundo Orden De Categoría De Cargos Judiciales Que Establece El Artículo 35 Del Decreto 250 De 19703Los Auxiliares De Abogados Asistentes De La Corte Suprema De: Justicia, Devengarán La Asignación Correspondiente Al Grado 16 De La Escala Establecida En El Presente Decreto4Con Excepción De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Los Demás Empleos A Que Se Refiere Sete Decreto, Confinarán Con El Mismo Grado De Clasificación Que Actualmente Tienen5El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del Primero De Febrero Del Año En Curso6El Gobierno Abrirá Los Créditos Y Efectuará Los Traslados Presupuéstales Necesarios Para El Cumplimiento Del Presente Decreto7Deróganse El Literal B) Aparte V, Del Artículo 1º Del Decreto 903 De 1969; Los Artículos 2º Y 4° Del Decreto 2049 De 1969, Y Demás Disposiciones Contrarias A Este Decreto8Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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