º Los Auxiliares de abogados asistentes de la Corte Suprema de: Justicia, devengarán la asignación correspondiente al grado 16 de la escala establecida en el presente Decreto. Los cargos correspondientes al grado 17-A de la escala establecida por el Decreto 2049 de noviembre 28 de 1969, tendrán la asignación correspondiente al grado 18 de que trata el artículo 1º del presente Decreto. Los cargos correspondientes al grado 17-B de la escala establecida por el Decreto 2049 de noviembre 28 de 1969, tendrán la asignación correspondiente al grado 19 de que trata el artículo 1º del presente Decreto. Los cargos correspondientes al grado 18 de la escala establecida por el Decreto 2049 de noviembre 28 de 1969, tendrán la asignación correspondiente al grado 19 de que trata el artículo 1º del presente Decreto. Los Secretarios de los Juzgados de Instrucción Criminal devengarán la asignación correspondiente al grado 17 de la escala establecida en el presente Decreto.
Para disfrutar de las asignaciones de que trata el presente Decreto, no se requiere de nueva posesión por parte de los empleados que se encuentren en ejercicio de sus funciones.