DecretoVigente
Decreto 229 de 1937
Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre guarniciones de los territorios nacionales.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Personal De Las Guarniciones De Los Territorios Nacionales Se Escogerá De Preferencia Entre Los Conscriptos Que Una Vez Llegados A Los Cuerpos De Tropas, Expresaren Libremente El Deseo De Prestar Su Servicio En Tales Territorios2El Personal Militar Que Preste Sus Servicios En Los Territorios Nacionales, Tendrá Derecho A Un Sobresueldo Correspondiente Al 15 Por 100 De Su Sueldo3Terminado Su Servicio Militar Obligatorio, Los Individuos Que Quisieren Permanecer En La Región Como Colonos, Tendrán Derecho A Los Siguiente: 1) A Que Se Les Señale Y Entregue Una Parcela Hasta De Cincuenta Hectáreas En El Lugar Escogido Para La Colonización En La Misma Guarnición4El Ministerio De Guerra, Previo Acuerdo Con El Ministerio De Industrias, Procederá A Nombrar Las Comisiones Que Deben Hacer La Delimitación Para Las Reservas Correspondientes5Facúltase Al Ministerio De Guerra Para Reglamentar El Presente Decreto Y Para Dictar Las Medidas Que Fueren Necesarias Para Su Ejecución
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