DecretoVigente
Decreto 1593 de 1936
Por el cual se modifica el Decreto número 118 de 1930, sobre Junta Asesora del Ministerio de Guerra
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Junta Asesora Del Ministerio De Guerra De Que Trata El Artículo 1° Del Decreto Número 118 De 1930, Quedará En Lo Sucesivo Integrada Así: Por El Ministro Del Ramo, Que Será Su Presidente Nato; Por El Secretario De Guerra; Por El Director Del Personal; Por El Inspector General Del Ejército, Y Por El Jefe Del Estado Mayor General2Cuando Se Juzgue Necesario, El Ministro Podrá Citar A La Junta A Otros Oficiales, Los Cuales Tendrán Derecho A Voz Pero No A Voto3La Junta Asesora Será Convocada Por El Ministro De Guerra, Cuando Éste Lo Crea Conveniente4En Los Términos Del Presente Decreto Quedan Subrogados Los Artículos 2°, 3°, 4°, 5° Y 7° Del Decreto Número 118 De 1930 Y Derogada Cualquier Otra Disposición Contraria
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