DecretoVigente
Decreto 951 de 1926
Por el cual se distribuye la partida de $ 24.000, fijada por el presupuesto nacional para el sostenimiento de la Escuela Nacional de Veterinaria
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Distribúyase La Suma De Veinticuatro Mil Pesos ($ 24,000) Moneda Corriente, Liquidada En El Capítulo 49 Del Artículo 488 De La Ley De Apropiaciones Para 1926, De La Siguiente Manera: Para Material $ 10,980 Para Personal $ 13,020 $ 24,0002El Personal Y Asignaciones De Los Empleados De La Escuela Nacional De Veterinaria, Serán Como Se Expresan A Continuación: Empleo Sueldo Mensual3El Ministerio De Instrucción Y Salubridad Públicas Por Medio De Una Resolución, Distribuirá La Suma De $ 10,980 Que El Presente Decreto Señala Para El Material De La Escuela Nacional De Veterinaria, De Acuerdo Con Las Necesidades Del Establecimiento Previo Concepto De Su Rector Y El Consejo Directivo4El Ministro De Instrucción Y Salubridad Públicas Y El Rector De La Escuela Nacional De Veterinaria, Ciñéndose A Las Disposiciones Legales Y Reglamentarias Que Les Son Pertinentes, Harán Los Nombramientos De Los Nuevos Empleados Que Aparecen En El Presente Decreto4El Señor Rector De La Escuela Nacional De Veterinaria Investirá A Todos Los Empleados De Las Funciones Que Les Corresponden Según Los Cargos Que Aparecen En El Presente Decreto
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