Micelio

decreto 951 de 1926

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Artículo 1Distribúyase La Suma De Veinticuatro Mil Pesos ($ 24,000) Moneda Corriente, Liquidada En El Capítulo 49 Del Artículo 488 De La Ley De Apropiaciones Para 1926, De La Siguiente Manera: Para Material $ 10,980 Para Personal $ 13,020 $ 24,000

º Distribúyase la suma de veinticuatro mil pesos ($ 24,000) moneda corriente, liquidada en el capítulo 49 del artículo 488 de la Ley de Apropiaciones para 1926, de la siguiente manera: Para material $ 10,980 Para personal $ 13,020 $ 24,000

Artículo 2El Personal Y Asignaciones De Los Empleados De La Escuela Nacional De Veterinaria, Serán Como Se Expresan A Continuación: Empleo Sueldo Mensual

º El personal y asignaciones de los empleados de la Escuela Nacional de Veterinaria, serán como se expresan a continuación: Empleo Sueldo mensual. Meses de servicio Total anual. $ $ Un Rector 100 12 1,200 Cuatro miembros del Consejo Directivo 12 Un Secretario 80 12 960 Un Tesorero Contador Pagador 80 9 720 Un Escribiente Celador 40 4 160 Un Ayudante de Clínica 30 4 120 Un Ayudante de Clínica 40 8 320 Un Disector de Anatomía 30 8 240 Un Preparador de Bacteriología 30 10 300 Un Preparador de Histología 10 8 80 Un Portero 40 12 480 Un Sirviente 20 11 220 Dos Sirvientes, a $ 20 cada uno 40 12 480 Un Profesor de Física general 40 12 480 Un Profesor de Química general 40 12 480 Un Profesor de Historia Natural 40 12 480 Un Profesor de Histología 40 12 480 Un Profesor de Dibujo 40 12 480 Un Profesor de Zootecnia general 40 12 480 Un Profesor de Fisiología 40 11 440 Un Profesor de Bacteriología y Parasitología 40 12 480 Un Profesor de Enfermería y Farmacia 40 12 480 Un Profesor de Patología especial 40 8 320 Un Profesor de Anatomía Patológica 40 8 320 Un Profesor de Zootecnia especial 40 10 400 Un Profesor de Terapéutica y Materia Médica 40 10 400 Un Profesor de Obstetricia y Embriología 40 8 320 Un Profesor de Anatomía primera 50 12 600 Un Profesor de Anatomía segunda 50 12 600 Un Profesor de Clínica 50 10 500

Artículo 3El Ministerio De Instrucción Y Salubridad Públicas Por Medio De Una Resolución, Distribuirá La Suma De $ 10,980 Que El Presente Decreto Señala Para El Material De La Escuela Nacional De Veterinaria, De Acuerdo Con Las Necesidades Del Establecimiento Previo Concepto De Su Rector Y El Consejo Directivo

º El Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas por medio de una Resolución, distribuirá la suma de $ 10,980 que el presente Decreto señala para el material de la Escuela Nacional de Veterinaria, de acuerdo con las necesidades del establecimiento previo concepto de su Rector y el Consejo Directivo.

Artículo 4El Ministro De Instrucción Y Salubridad Públicas Y El Rector De La Escuela Nacional De Veterinaria, Ciñéndose A Las Disposiciones Legales Y Reglamentarias Que Les Son Pertinentes, Harán Los Nombramientos De Los Nuevos Empleados Que Aparecen En El Presente Decreto

º El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas y el Rector de la Escuela Nacional de Veterinaria, ciñéndose a las disposiciones legales y reglamentarias que les son pertinentes, harán los nombramientos de los nuevos empleados que aparecen en el presente Decreto.

Artículo 4El Señor Rector De La Escuela Nacional De Veterinaria Investirá A Todos Los Empleados De Las Funciones Que Les Corresponden Según Los Cargos Que Aparecen En El Presente Decreto

º El señor Rector de la Escuela Nacional de Veterinaria investirá a todos los empleados de las funciones que les corresponden según los cargos que aparecen en el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
el Secretario, encargado