Micelio

Artículo 2

El Personal Y Asignaciones De Los Empleados De La Escuela Nacional De Veterinaria, Serán Como Se Expresan A Continuación: Empleo Sueldo Mensual

Decreto 951 de 1926 · Por el cual se distribuye la partida de $ 24.000, fijada por el presupuesto nacional para el sostenimiento de la Escuela Nacional de Veterinaria

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El personal y asignaciones de los empleados de la Escuela Nacional de Veterinaria, serán como se expresan a continuación: Empleo Sueldo mensual. Meses de servicio Total anual. $ $ Un Rector 100 12 1,200 Cuatro miembros del Consejo Directivo 12 Un Secretario 80 12 960 Un Tesorero Contador Pagador 80 9 720 Un Escribiente Celador 40 4 160 Un Ayudante de Clínica 30 4 120 Un Ayudante de Clínica 40 8 320 Un Disector de Anatomía 30 8 240 Un Preparador de Bacteriología 30 10 300 Un Preparador de Histología 10 8 80 Un Portero 40 12 480 Un Sirviente 20 11 220 Dos Sirvientes, a $ 20 cada uno 40 12 480 Un Profesor de Física general 40 12 480 Un Profesor de Química general 40 12 480 Un Profesor de Historia Natural 40 12 480 Un Profesor de Histología 40 12 480 Un Profesor de Dibujo 40 12 480 Un Profesor de Zootecnia general 40 12 480 Un Profesor de Fisiología 40 11 440 Un Profesor de Bacteriología y Parasitología 40 12 480 Un Profesor de Enfermería y Farmacia 40 12 480 Un Profesor de Patología especial 40 8 320 Un Profesor de Anatomía Patológica 40 8 320 Un Profesor de Zootecnia especial 40 10 400 Un Profesor de Terapéutica y Materia Médica 40 10 400 Un Profesor de Obstetricia y Embriología 40 8 320 Un Profesor de Anatomía primera 50 12 600 Un Profesor de Anatomía segunda 50 12 600 Un Profesor de Clínica 50 10 500

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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