DecretoDerogado
Decreto 65 de 1958
Por el cual se establece un régimen especial de importación de automóviles para los funcionarios diplomáticos y consulares de Colombia en el Exterior
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Vigencia De Este Decreto, Los Diplomáticos Y Cónsules Colombianos Acreditados En El Exterior Con Carácter Permanente, Tendrán Derecho, Al Regresar Al País, De Importar Para Su Uso Exclusivo, Y Previo El Pago De Los Derechos Aduaneros Y El Cumplimiento De Todas Las Formalidades Exigidas Por La Oficina De Registro De Cambios Del Banco De La República, El Automóvil Que Hayan Tenido A Su Servicio En La Misión, Siempre Que El Peso Unitario No Pase De 12El Ministerio De Relaciones Exteriores Certificará En Cada Caso Si El Respectivo Funcionario Diplomático O Consular Reúne Los Requisitos Indicados En El Artículo Anterior, Estas Certificaciones Deberán Ser Expedidas Por El Funcionario Autorizado Para Ello Por El Ministerio De Relaciones Exteriores3Los Funcionarios Diplomáticos Consulares Podrán Hacer Uso Del Derecho Que Se Consagra En Este Decreto Únicamente Dentro De Los Ciento Veinte (120) Días Subsiguientes A La Fecha De Su Retiro Del Cargo4Este Decreto Rige Desde Su Expedición Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- Mayor General Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José María VillarealEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Guerra, Brigadier General Alfredo Sáiz Montoya .-E1 Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Harold EderEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas