DecretoVigente
Decreto 1417 de 1987
por el cual se modifica el Decreto 1282 de 1987.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Literal B), Del Artículo 2º, Del Decreto 1282 De 1987, Quedará Así: "b) Certificación De La Entidad Competente En La Cual Conste Que La Empresa O Establecimiento Se Constituyó En El Respectivo Municipio Entre El 13 De Noviembre De 1985 Y El 31 De Diciembre De 1991"2El Artículo 4º, Del Decreto 1282 De 1987, Quedará Así: "artículo 4º Gozarán Del Mismo Beneficio De Que Trata El Artículo 1º Del Presente Decreto Aquellas Empresas De Tardío Rendimiento Que Se Establezcan En Los Municipios Afectados3El Artículo 5º, Del Decreto 1282 De 1987, Quedará Así: "artículo 5º Conforme Al Artículo 13 Del Decreto 3830 De 1985, Podrán Ser Importadas Al País, Libres De Cualquier Tributo, La Maquinaria Agrícola Y Los Equipos Agroindustriales O Industriales, Siempre Y Cuando Se Destinen Al Desarrollo De Actividades Económicas Localizadas En Las Áreas Afectadas Social Y Económicamente Por La Actividad Volcánica Del Nevado Del Ruiz, A Las Que Hace Referencia El Artículo 1º Del Presente Decreto4Este Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Deroga Los Artículos 6º Y 7º Del Decreto 1282 De 1987
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