DecretoVigente
Decreto 496 de 1974
Por el cual se aprueba la Planta de Personal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi
12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi", Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece:2Los Sueldos Señalados En Éste Acuerdo Corresponden A Empleos De Carácter Permanente Y De Tiempo Completo3El Tiempo Para El Reconocimiento De La Prima De Antigüedad Comenzará A Contarse A Partir Del 1° De Julio De 1973 Para Los Empleados Públicos Que Estando Al Servicio Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi", En Dicha Fecha, Sean Incorporados A La Planta De Personal Que Se Establece Por El Presente Acuerdo4Él Director General Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Tendrán Derecho A Gastos De Representación En Una Cuantía Equivalente A La Tercera Parte Del Sueldo Que Le Corresponda, Según Lo Establecido En El Artículo 1° Del Presente Acuerdo5La Autoridad Nominadora Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Y Estatutarias Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen En Este Acuerdo6Si Por Razón De La Reincorporación, Un Funcionará No Obtuviere Uh Incremento En La Remuneración Actuar Del 8% Si El Cargo Pertenece A Los Niveles Auxiliares O Asistenciales Y Del 47, Si: Perteneciere A Los Niveles Técnico O Ejecutivo, Tendrá Derecho Al Pago Como Sueldo, De Una Suma De Dinero Equivalente A La Remuneración Que Viene Percibiendo, Incrementada En Lo Que Falta Para Completar Estos Porcentajes, Parágrafo7Para Efectos De La Reincorporación Los Funcionarios No Estarán Sujetos A Las Normas Sobre Con Cursor Establecidos Para La Provisión De Empleos8El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Para Fines Fiscales Tendrá Efectos A Partir De La Fecha Señalada En El Artículo 20 Del Decreto 2640 De 1973 Y Para Su Validez Requiere La Aprobación Mediante Decreto, Del Gobierno Nacional; Que Llevará, Además De La Firma Del Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil, La Firma Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Como Organismo Al Cual Está Adscrito El Instituid Geográfico "agustín, Codazzi" Y Como Certificación De Que Existe La Apropiación Presupuestal Suficiente Para Cubrir Su Costo9El Presente Deroga Todos Los Acuerdos Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarios20Del Decreto Número 2640 De 137312Artículo 12
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