Articulo 4° Él Director General del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" tendrán derecho a gastos de representación en una cuantía equivalente a la tercera parte del sueldo que le corresponda, según lo establecido en el artículo 1° del presente Acuerdo. Los Subdirectores Jurídico, Administrativo, Agrológico, Cartográfico, de Catastro Nacional y de Investigación, y Divulgación Geográfica tendrán derecho a gastos ele representación en una cuantía equivalente a la quinta parte del sueldo que les corresponda, según lo establecido en el artículo 1° del presente Acuerdo.
Decreto 496 de 1974 →Vigente
Artículo 4
Él Director General Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi" Tendrán Derecho A Gastos De Representación En Una Cuantía Equivalente A La Tercera Parte Del Sueldo Que Le Corresponda, Según Lo Establecido En El Artículo 1° Del Presente Acuerdo
Decreto 496 de 1974 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.