DecretoVigente
Decreto 1571 de 1969
Por el cual se incrementa el personal del Resguardo para la vigilancia portuaria
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Con Efectividad Fiscal A Partir Del 1° De Septiembre De 1969, Increméntase El Personal Del Cuerpo Del Resguardo De La Dirección General De Aduanas, Con Fines A La Vigilancia Portuaria En Doscientos Ochenta Y Cinco (285) Unidades Discriminadas, Así: 4 Tenientes Ii-19 1 Teniente I-17 7 Sargentos 15 10 Cabos Ii-14 13 Cabos I-12 250 Guardas 92La Clase, Categoría Y Asignaciones Del Personal De Que Trata El Artículo Anterior, Será La Fijada En El Decreto 3124 Del 26 De Diciembre De 19683La Remuneración Del Personal Establecido Por El Presente Decreto Será Pagado Por El Fondo Rotatorio De La Dirección General De Aduanas, De Conformidad Con El Contrato Celebrado Con La Empresa Puertos De Colombia
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