° La clase, categoría y asignaciones del personal de que trata el artículo anterior, será la fijada en el Decreto 3124 del 26 de diciembre de 1968.
Decreto 1571 de 1969 →Vigente
Artículo 2
La Clase, Categoría Y Asignaciones Del Personal De Que Trata El Artículo Anterior, Será La Fijada En El Decreto 3124 Del 26 De Diciembre De 1968
Decreto 1571 de 1969 · Por el cual se incrementa el personal del Resguardo para la vigilancia portuaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.