DecretoVigente
Decreto 2870 de 2007
por medio del cual se adoptan medidas para facilitar la Convergencia de los servicios y redes en materia de Telecomunicaciones.
20artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto Y Ámbito De Aplicación2Definiciones3Obtención Del Título Habilitante Convergente4Término De Duración Del Título Habilitante Convergente5Requisitos Para El Otorgamiento Del Título Habilitante Convergente6Obligaciones Comunes Para Los Operadores Que Ostenten El Título Habilitante Convergente7Régimen De Transición8Valor De La Contraprestación Por La Expedición Del Título Habilitante Convergente9Revisión De Las Contraprestaciones Periódicas10Aplicación De La Oferta Mayorista11Uso De La Red De Telecomunicaciones Del Estado12Regulación En Materia De Redes13Obligaciones Especiales Para Operadores Con Posición Dominante14Principios Para La Administración, Gestión Y Control Del Espectro Electromagnético15Plazo De Los Permisos De Uso Del Espectro Radioeléctrico16Alcance De Los Permisos Para El Uso Del Espectro Radioeléctrico17Cesión De Los Permisos De Uso Del Espectro Radioeléctrico18Adecuación De La Regulación19Servicios De Valor Agregado20Derogatorias Y Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, las que le confieren los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 72 de 1989 y el Decreto-ley 1900 de 1990
- María Del Rosario Guerra De La EspriellaLa Ministra de Comunicaciones