DecretoVigente
Decreto 332 de 1947
Por el cual se crea la Escuela Postal y de Telecomunicaciones , dependiente del Ministerio de Correos y Telégrafos
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Créase En La Ciudad De Bogotá, Bajo La Dependencia Del Ministerio De Correos Y Telégrafos, La Escuela Nacional Postal Y De Telecomunicaciones, Destinada A La Enseñanza Y Preparación Técnica En Todos Los Ramos De Comunicaciones Eléctricas Y Postales2La Escuela Funcionará Con El Siguiente Personal De Enseñanza: Un Director General3Establecense Veinticinco (25) Becas Para El Estudio En La Escuela De $504Cada Curso Durará Dos (2) Años Y Lo Formarán Los Alumnos Enumerados En El Artículo 3º De Este Decreto Y El Personal Que Dentro De Los Actuales Empleados, Designe El Ministerio De Correos Y Telégrafos5El Ministerio De Correos Y Telégrafos Designará El Personal Docente Para La Escuela Será Requisito Indispensable Para Ingresar En El Profesorado De La Escuela, Poseer Titulo Universitario O De Bachillerato O Ser Profesional En Los Ramos6El Director General D E La Escuela Tendrá Una Asignación Mensual De Trescientos Cincuenta Pesos ($3507Autorizase Al Ministerio De Correos V Telégrafos Para Reglamentar Por Medio De Resoluciones El8Los Gastos Que Demande El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Imputarán Al Capitulo 90, Articulo 1861 Del Presupuesto Vigente
03