º Cada curso durará dos (2) años y lo formarán los alumnos enumerados en el artículo 3º de este Decreto y el personal que dentro de los actuales empleados, designe el Ministerio de Correos y Telégrafos.
Decreto 332 de 1947 →Vigente
Artículo 4
Cada Curso Durará Dos (2) Años Y Lo Formarán Los Alumnos Enumerados En El Artículo 3º De Este Decreto Y El Personal Que Dentro De Los Actuales Empleados, Designe El Ministerio De Correos Y Telégrafos
Decreto 332 de 1947 · Por el cual se crea la Escuela Postal y de Telecomunicaciones , dependiente del Ministerio de Correos y Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.