DecretoVigencia En Estudio
Decreto 476 de 1984
Por el cual se fija el valor del Subsidio de Alimentación como remuneración en especie para los empleados de Caprecom
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Reconócese Como Remuneración En Especie La Alimentación Que La Caja De Previsión Social De Comunicaciones, Caprecom, Suministra A Sus Empleados Que Trabajen En Jornada Completa Y Continua Para Efectos De Determinar El Valor De La Alimentación Prevista En Este Decreto Se Fija La Suma De Noventa Y Tres Pesos Con 50/100 ($ 932No Tendrán Derecho Al Subsidio De Alimentación Los Funcionarios Que Devengan Una Asignación Básica Mensual Superior A Treinta Y Cuatro Mil Seiscientos Cincuenta Pesos ($ 343El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición