DecretoVigente
Decreto 1551 de 1979
Por el cual se prorroga la vigencia de algunas disposiciones del Arancel de Aduanas
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Prorrógase Hasta El 30 De Junio De 1980 La Vigencia De La Tarifa Única Del Cinco Por Ciento (5%) Establecida En La Nota Adicional I De La Sección Xvi Del Arancel De Aduanas2Prorrógase Hasta El 30 De Junio De 1980 La Vigencia Del Gravamen Del Cinco Por Ciento (5%) Ad-Valorem Para Las Siguientes Posiciones Del Arancel De Aduanas: Posición Posición Posición 843Derogase El Artículo 1º Del Decreto 2110 De 1978 Y Modificase El Artículo 2º Del Decreto 1409 De 1979 En Lo Pertinente A Las Notas De Las Posiciones 844El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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