Micelio
DecretoVigente

Decreto 2825 de 1991

por medio del cual se reglamenta el inciso final del artículo 29 del Decreto 2274 del 4 de octubre de 1991.

8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1La Liquidadora Del Departamento Administrativo De Intendencias Y Comisarías "dainco", Realizará Un Inventario General De Bienes, Inversiones, Contratos, Derechos Y Obligaciones Que A Cualquier Título Posea El Departamento2La Nación, Ministerio De Gobierno, Sustituirá A Dainco En Los Derechos Y Obligaciones Correspondientes A Aquellos Bienes, Contratos, Participaciones Societarias, Derechos Y Obligaciones Que En Razón De Su Naturaleza, Valor O Condiciones Especiales No Puedan Ser Transferidas A Los Nuevos Departamentos Ni A Otras Entidades Estatales3El 31 De Diciembre De 1991, Temporalmente, Se Transferirán Al Ministerio De Gobierno Los Bienes Muebles, Vehículos, Equipos De Oficina Y Enseres Que De Manera Global Constituyen El Inventario General Del Almacén De Dainco Con El Objeto De Permitir Que En Un Tiempo Prudencial Que No Podrá Ser Superior A Sesenta (60) Días, Se Efectúe La Distribución Y Entrega De Ellos, De Manera Preferencial A Los Nuevos Departamentos Y Eventualmente A Otras Entidades Estatales Distintas Del Ministerio De Gobierno4El Ministro De Gobierno Designará Un Funcionario De Su Planta De Personal Para Que Previa Constitución De Póliza De Manejo, Asuma Las Funciones Propias De Almacenista En Relación Con Los Bienes Que Conforman El Almacén General De Dainco Por El Término Fijado En Este Decreto Y Hasta La Distribución Y Entrega Definitiva De Dichos Elementos5El Archivo General De Dainco Se Entregará Al Ministerio, De Gobierno Para Su Organización Y Clasificación Y Éste Sin Sujeción A Ningún Término, Decidirá Sobre Su Entrega Al Archivo General De La Nación O A Otras Entidades Estatales, Entre Ellos Los Nuevos Departamentos Y Las Corporaciones Autónomas Adscritas A Los Mismos Que Tengan Especial Interés En Documentos De Planes Y Proyectos Que Se Encuentran En El Mismo6Tanto El Archivo De La Secretaría General De Dainco Como El Archivo Contable Serán Igualmente Trasladados Al Ministerio De Gobierno Para Garantizar El Oportuno Suministro De Información Sobre Sus Contenidos A Quienes Demuestren Un Interés Legítimo Y A Las Autoridades Competentes, Jurisdiccionales Y Administrativas, Que La Soliciten7Para Garantizar El Cumplimiento De Las Labores Que Bajo La Responsabilidad Del Ministerio De Gobierno Deberán Cumplirse Con Posterioridad Al 31 De Diciembre De 1991, Fecha Límite De Liquidación De Dainco8El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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