DecretoVigente
Decreto 912 de 1939
Por el cual se fijan normas sobre intercambio de vigilancia entre los establecimientos de detención, reforma y pena
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Miembros De Los Cuerpos De Custodia Y Vigilancia De Los Establecimientos De Detención, Reforma Y Pena, De La República, Pueden Ser Intercambiados O Trasladados De Un Establecimiento A Otro, Sin Necesidad De Nuevos Nombramiento Y Posesión, A Menos Que Tales Intercambios Deban Realizarse Entre Establecimientos Cuyos Miembros De Los Cuerpos De Custodia Y Vigilancia Devenguen Distintas Asignaciones, En Cuyo Caso Se Requieren Aquellas Formalidades2El Traslado O Intercambio De Miembros De Los Cuerpos De Custodia Y Vigilancia Se Hará Mediante Resolución Del Director General De Prisiones, Aprobada Por El Ministro De Gobierno
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