Micelio

Artículo 2

El Traslado O Intercambio De Miembros De Los Cuerpos De Custodia Y Vigilancia Se Hará Mediante Resolución Del Director General De Prisiones, Aprobada Por El Ministro De Gobierno

Decreto 912 de 1939 · Por el cual se fijan normas sobre intercambio de vigilancia entre los establecimientos de detención, reforma y pena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El traslado o intercambio de miembros de los Cuerpos de custodia y vigilancia se hará mediante resolución del Director General de Prisiones, aprobada por el Ministro de Gobierno. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 912 de 1939