DecretoVigente
Decreto 3615 de 1985
por el cual se concede una autorización y se dictan normas sobre el funcionamiento del fondo de reconstrucción.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizase A Las Cajas De Compensación Familiar Para Destinar El Uno Y Medio Por Ciento (12Las Apropiaciones Que Hagan Las Cajas De Compensación Familiar Para La Constitución Del Fondo Creado Por El Artículo Anterior, Serán Imputables A La Reserva Legal Establecida Por El Numeral 3º Del Artículo 43 De La Ley 21 De 1982, Jurisprudencia [ Mostrar ] Declarado Inconstitucional Sentencia De La Corte Suprema De Justicia Sentencia 1417 De 19863Los Recursos Del Fondo De Reconstrucción Resurgir, Podrán Ser Administrados Fiduciariamente Por La Entidad Que Recomiende El Comité Financiero De Que Trata El Artículo 7º Del Decreto 3406 De 19854El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Artículo 8º Del Decreto Legislativo 3406 De 1985
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 122 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 3405 de 1985
- Jaime CastroEl Ministro de Gobierno
- Augusto Ramírez OcampoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Enrique Parejo GonzálezEl Ministro de Justicia
- Hugo Palacios MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Miguel Vega UribeEl Ministro de Defensa Nacional
- Roberto Mejia CaicedoEl Ministro de Agricultura
- Gustavo Castro GuerreroEl Ministro de Desarrollo Económico
- Ivan Duque EscobarEl Ministro de Minas y Energía
- Liliam Suárez MeloLa Ministra de Educación Nacional
- Jorge Carrillo RojasEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Rafael De Zubiria GómezEl Ministro de Salud
- Noemí Sanin PosadaLa Ministra de Comunicaciones
- Rodolfo Segovia SalasEl Ministro de Obras Públicas y Transporte