Micelio

Artículo 1

Autorizase A Las Cajas De Compensación Familiar Para Destinar El Uno Y Medio Por Ciento (1

Decreto 3615 de 1985 · por el cual se concede una autorización y se dictan normas sobre el funcionamiento del fondo de reconstrucción.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Autorizase a las Cajas de Compensación Familiar para destinar el uno y medio por ciento (1.5%) de los aportes recaudados para subsidio familiar, calculados con base en el año de 1984, para constituir un Fondo de Solidaridad con el objeto de satisfacer necesidades de recreación, mercadeo de productos de primera necesidad, salud, vivienda y obras complementarias, para los damnificados de la actividad volcánica del Nevado del Ruiz. Los recursos de que trata el inciso anterior serán manejados por el Fondo de Reconstrucción RESURGIR, quien podrá delegar tal atribución en las Cajas de Compensación Familiar que los aporten.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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