DecretoVigente
Decreto 492 de 1878
Por el cual se radica en la Aduana de Cartagena el pago, en dinero, de una parte del valor de los derechos de importación que se causen
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03