DecretoDerogado
Decreto 69 de 1986
por el cual se fijan unas remuneraciones en el Instituto de Crédito Territorial.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º A Partir Del 1º De Enero De 1986, La Remuneración Mensual De Los Empleos De Subdirector General Y De Secretario General Del Instituto De Crédito Territorial Grado 05 Del Nivel Directivo Será De Ciento Cuarenta Y Siete Mil Seiscientos Pesos ($ 1472º A Partir Del 1º De Enero De 1986, La Remuneración Mensual Del Empleo De Asesor Grado 03 Del Nivel Asesor, De La Gerencia General Del Instituto De Crédito Territorial Será De Ciento Treinta Y Seis Mil Novecientos Cuarenta Pesos ($1363º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Los Gastos De Representación Para Los Jefes De Oficina Código 2045 Grado 14 Y Jefes De División Código 2040 Grado 14 Del Nivel Central Del Instituto De Crédito Territorial - Ict - Serán De Veinticinco Mil Pesos ($ 254º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Los Gastos De Representación Para Los Directores Regionales De Antioquia, Atlántico, Cundinamarca, Santander Y Valle Del Cauca Del Instituto De Crédito Territorial, Serán De Veintinueve Mil Seiscientos Treinta Y Cinco Pesos ($ 295º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto - Ley 114 De 1985, Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1986
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986
- Hugo Palacios MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Maria Angela TaveraLa Ministra de Desarrollo Económico (E.)
- Ericina Mendoza SaladenLa Jefe del Departamento administrativo del Servicio Civil