Micelio

Artículo 2

º A Partir Del 1º De Enero De 1986, La Remuneración Mensual Del Empleo De Asesor Grado 03 Del Nivel Asesor, De La Gerencia General Del Instituto De Crédito Territorial Será De Ciento Treinta Y Seis Mil Novecientos Cuarenta Pesos ($136

Decreto 69 de 1986 · por el cual se fijan unas remuneraciones en el Instituto de Crédito Territorial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de enero de 1986, la remuneración mensual del empleo de Asesor grado 03 del Nivel Asesor, de la Gerencia General del Instituto de Crédito Territorial será de ciento treinta y seis mil novecientos cuarenta pesos ($136.940.00). El cincuenta por ciento (50%) de esta remuneración mensual tendrá el carácter de gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 69 de 1986