DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3621 de 1954
Por el cual se concede una contribución por una sola vez
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 2781, Del Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal En Curso, Y Se Pagará Al Funcionario De Manejo Que La Secretaria Nacional De Asistencia Social (Sendas), Determine, Con Sujeción A Las Normas Legales Del Régimen Fiscal Respectivas Y A Las Que Para El Efecto Fije La Contraloría General De La República3Artículo 3
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General, Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JaramilloEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Cástor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Manuel Archila MonroyEl Ministro de Fomento
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores · encargado
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General, Gustavo Berrío MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Capitán De Navío Rubén PiedrahitaEl Ministro de Obras Públicas