Micelio

decreto 3621 de 1954

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Artículo 1

Artículo primero. Destínase por una sola vez la cantidad de tres mil pesos ($3.000.00), moneda corriente, como contribución a los gastos que demande la adquisición de regalos para los niños pobres, con motivo de la celebración de la próxima Navidad.

Artículo 2

La contribución del Ministerio de Fomento que autoriza el artículo anterior, se tomará del Capítulo 72, artículo 781, del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, y se pagará al funcionario de manejo que la Secretaria Nacional de Asistencia Social (Sendas), determine, con sujeción a las normas legales del régimen fiscal respectivas y a las que para el efecto fije la Contraloría General de la República.

Artículo 781, Del Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal En Curso, Y Se Pagará Al Funcionario De Manejo Que La Secretaria Nacional De Asistencia Social (Sendas), Determine, Con Sujeción A Las Normas Legales Del Régimen Fiscal Respectivas Y A Las Que Para El Efecto Fije La Contraloría General De La República

Artículo segundo. La contribución del Ministerio de Fomento que autoriza el artículo anterior, se tomará del Capítulo 72, artículo 781, del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, y se pagará al funcionario de manejo que la Secretaria Nacional de Asistencia Social (Sendas), determine, con sujeción a las normas legales del régimen fiscal respectivas y a las que para el efecto fije la Contraloría General de la República.

Artículo 3

Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese, cúmplase y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas