Micelio
DecretoDerogado

Decreto 116 de 1977

Por el cual se dictan normas sobre becas en el ICETEX para alumnos de educación básica secundaria y medio vocacional

11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Los Alumnos De Los Planteles De Educación Básica Secundaria Y Media Vocacional Con Aprobación Oficial Podrán Ser Beneficiados Con Becas Cuando Carezcan De Recursos Económicos Y Comprueben Buena Conducta Social Y Méritos Académicos Que Los Hagan Acreedores Al Beneficio, De Conformidad Con Las Normas Que Se Establecen En Los Artículos Siguientes2Los Recursos Para Becas En Educación Básica Secundaria Y Media Vocacional Que Provengan Del Presupuesto Nacional, Salvo Que La Ley Lo Ordene De Otra Manera, Serán Distribuidos Globalmente Entre Todos Los Departamentos, Intendencias, Comisarias Y El Distrito Especial De Bogotá, Mediante La Aplicación De Las Mismas Normas Que Se Aplican Para La Distribución Del Situado Fiscal Educativo, Previstas En La Ley 46 De 1971, A Saber: -El Treinta Por Ciento (30%) Se Dividirá Por Partes Iguales Entre Todas Las Entidades Territoriales Mencionadas; -El Setenta Por Ciento (70%) Se Distribuirá Entre Las Mismas Entidades Territoriales, En Proporción Directa A La Población De Cada Una De Ellas3En Cada Oficina Regional Del Icetex Funcionará Un Comité Regional De Becas Integrado En La Siguiente Forma: -El Jefe De La Respectiva Oficina Regional Del Icetex Quien Lo Presidirá; -Un Supervisor O Inspector Residente En El Departamento, Intendencia, Comisaría O Distrito Especial De Bogotá, Adscrito Al Respectivo Fondo Educativo Regional, Designado Por El Ministro De Educación Nacional; -Un Rector De Plantel Docente Oficial, Designado Por El Ministro De Educación Nacional; -Un Representante De Los Municipios Y Demás Entidades Oficiales Que Constituyan Fondos Para Becas En El Respectivo Programa Regional4La Oficina Regional Del Icetex Elaborará, En Cada Caso, El Proyecto Para El Programa Regional De Becas Y Lo Someterá A Estudio Y Aprobación Del Comité Regional5En Cada Departamento, Intendencia, Comisaría Y El Distrito Especial De Bogotá, La Administración De Los Programas Regionales De Becas Estará A Cargo De La Respectiva Oficina Regional Del Icetex Y Se Regirá Por Las Siguientes Disposiciones: A) Las Becas Se Adjudicarán Por Períodos Anuales, Renovables Si El Estudiante Beneficiario Aprueba El Año Respectivo Con Un Promedio Global Mínimo De Cuatro Sobre Cinco (46Tendrán Derecho A Beca Para El Año Siguiente, Sin Tener En Cuenta Requisitos De Carácter Económico, Los Alumnos De Los Planteles Oficiales Que, Además De Acreditar Buena Conducta, Obtengan El Promedio Absoluto Más Alto De Calificación En Cada Grado, De Primero A Quinto Inclusive7Además De Los Alumnos Que Obtengan Beca Por Haber Ocupado El Primer Puesto En Sus Respectivos Grados O Grupos, Tendrán Opción A Beca Los Alumnos De Educación Básica Secundaria Y Media Vocacional De Los Planteles Oficiales Y De Jornada Adicional En Los Planteles Privados, Que Tengan, En Orden Rigurosamente Descendente, Los Promedios Absolutos Más Altos En Sus Notas Totales De Calificación, Sumado S Los Años Cursados De Escolaridad, De Primero A Quinto8El Artículo 14 Del Decreto 2668 De 1976 Quedará Así: Las Becas Para Alumnos De Educación Básica Secundaria Y Media Vocacional Se Adjudicarán En El Siguiente Orden De Prioridad: A) En Los Planteles Oficiales; B) En Las Jornadas Adicionales De Los Planteles Privados; C) En La Jornada Ordinaria De Los Planteles Privados9Las Becas No Se Adjudican Automáticamente; Deberán Ser Solicitadas Por Escrito Ante El Rector Del Plantel En El Cual Los Alumnos Terminen El Último Grado Cuya Aprobación Acrediten10Artículo 1011En Los Términos Del Presente Decreto Quedan Modificadas Las Normas Sobre Becas Para Educación Básica Secundaria Y Media Vocacional
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