DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1667 de 1987
por el cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, Prohíbese A Los Particulares, El Porte De Armas De Fuego, De Uso Privativo De Las Fuerzas Militares, En La Ciudad De Medellín Y Los Municipios Del Área Metropolitana Del Valle De Aburrá Y Por Lo Tanto, Se Suspende La Vigencia De Salvoconductos Expedidos Para Tal Efecto, Dentro Del Territorio De Estos Municipios2º Para Los Efectos Del Presente Decreto Y En Concordancia Con Lo Dispuesto En El Decreto 2003 De 1982 Se Consideran Como Armas De Uso Privativo De Las Fuerzas Militares Las Siguientes: 13º Facúltase Al Comando Del Ejército Para Expedir Salvoconductos Especiales Que Amparen El Porte De Armas De Uso Privativo De Las Fuerzas Militares, En Los Municipios De Que Trata El Artículo 1º Del Presente Decreto, A Quienes Así Lo Soliciten, Previo Estudio De Los Antecedentes Y Necesidades, Siempre Y Cuando En Concepto Del Comandante Del Ejercito Nacional Se Haga Imprescindible4º El Incumplimiento A Lo Preceptuado En El Artículo 1º Del Presente Decreto, Será Sancionado Conforme A Lo Previsto En El Artículo Segundo Del Decreto 3664 De 1986 Y Su Juzgamiento Corresponde A Los Jueces Especializados A Que Se Refieren Los Decretos 1806 De 1985 Y 466 De 19875º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y
- Cesar Gaviria TrujilloEl Ministro de Gobierno
- Julio Londoño ParedesEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José Manuel Arias CarrizosaEl Ministro de Justicia
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Rafael Samudio MolinaEl Ministro de Defensa Nacional
- Diego Younes MorenoEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Fuad Char AbdalaEl Ministro de Desarrollo Económico
- José Granada RodríguezEl Ministro de Salud
- Guillermo Perry RubioEl Ministro de Minas y Energía, encargado de las funciones del Ministerio de Agricultura · encargado
- Antonio Yepes ParraEl Ministro de Educación Nacional
- Fernando Cepeda UlloaEl Ministro de Comunicaciones
- Luis Fernando Jaramillo CorreaEl Ministro de Obras Públicas y Transporte