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DecretoVigente

Decreto 278 de 1983

Por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, y se dictan otras disposiciones

7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1A Partir Del 1º De Enero De 1983, Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Las Distintas Denominaciones De Empleos Del Instituto Nacional De Radio Y Televisión, Inravisión, Primera Columna Segunda Columna Tercera Columna Grados Asignación Básica Asignación Básica 01 102A) Los Empleados Que A 31 De Diciembre De 1982 Tuvieren Menos De Un (1) Año De Servicios Al Instituto, Y Los Que Ingresen Durante 1983, Percibirán La Asignación Correspondiente A Su Grado Dentro De La Segunda Columna De La Escala3Las Asignaciones Básicas Establecidas En Este Decreto, Corresponden Exclusivamente A Empleos De Carácter Permanente Y De Tiempo Completo4A Partir Del 1º De Enero De 1983, Establécense Las Siguientes Asignaciones Para Los Empleos Del Instituto Nacional De Radio Y Televisión, Que A Continuación Se Relacionan: Denominación Asignación Básica Gastos De Representación Director General 445A Partir Del 1º De Enero De 1983, El Subsidio De Alimentación Para Los Empleados A Quienes Rige Lo Dispuesto En El Artículo 1º Del Presente Decreto, Será De Un Mil Ocho Cientos Setenta Y Cinco Pesos ($ 16A Partir De La Fecha De Expedición De Este Decreto, Establécese La Siguiente Escala De Viáticos Y Auxilio De Alojamiento Para Los Empleados Que Deban Cumplir Co Misión De Servicios En El Interior Del País Y En El Exterior7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1983, Salvo Lo Dispuesto En El Artículo 6º
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