Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1º De Enero De 1983, Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Las Distintas Denominaciones De Empleos Del Instituto Nacional De Radio Y Televisión, Inravisión, Primera Columna Segunda Columna Tercera Columna Grados Asignación Básica Asignación Básica 01 10

Decreto 278 de 1983 · Por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de enero de 1983, establécese la siguiente escala de remuneración para las distintas denominaciones de empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, Primera Columna Segunda Columna Tercera Columna Grados Asignación Básica Asignación Básica 01 10.400 11.400 02 11.250 12.150 03 11.900 12.900 04 12.900 13.750 05 13.750 15.150 06 14.750 16.150 07 15.000 17.250 08 17.000 18.600 09 17.750 19.200 10 18.500 20.050 11 19.850 21.400 12 20.550 22.400 13 21.800 23.750 14 22.750 24.850 15 24.200 26.300 16 25.550 27.750 17 26.550 28.850 18 27.400 29.950 19 28.250 30.550 20 29.450 32.050 21 30.450 33.150 22 32.050 34.850 23 33.350 36.200 24 34.950 37.900 25 35.950 39.100 26 36.800 39.950 27 38.250 41.650 28 39.950 43.350 29 41.650 45.200 30 43.350 47.050 31 45.350 49.250 32 46.900 50.900 33 48.850 53.000 34 49.450 53.850 35 52.000 56.500 36 54.550 59.250 37 56.000 60.750 38 58.450 63.650 39 61.350 66.550 40 63.150 69.300 41 66.300 72.000 42 70.400 76.300 En la escala de remuneración establecida en el presente artículo, la primera columna señala los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleo; la segunda y tercera columnas, determinan la asignación básica mensual para cada uno de los grados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 278 de 1983