Micelio
DecretoDerogado

Decreto 998 de 1997

por el cual se reglamenta la transferencia de la documentación histórica de los archivos de los organismos del orden nacional, al Archivo General de la Nación, ordenada por el Decreto 1382 de 1995.

6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1De Conformidad Con Lo Señalado En El Artículo 2º Del Decreto 1382 De 1995 Y En Concordancia Con Los Artículo 5º Y 24 Del Acuerdo 07 De 1994, Deberá Transferirse Al Archivo General De La Nación, Bajo La Responsabilidad De Los Secretarios Generales, Toda La Documentación De Los Fondos Acumulados Existentes En Los Archivos Históricos, Producidos Hasta El Año De 1970 En Las Entidades Del Orden Nacional Del Sector Central De La Rama Ejecutiva, Entendiéndose Por Tales: La Presidencia De La República, La Vicepresidencia, Los Ministerios, Los Departamentos Administrativos Y Las Superintendencias2º3La Documentación Producida Por Los Organismos Del Orden Nacional Adscritos O Vinculados A Los Ministerios Y Departamentos Administrativos, Cuyo Campo De Acción Sean Los Departamentos O Los Municipios, Transferirán La Documentación Histórica A Su Respectivo Archivo Histórico Creado En Cada Una De Las Entidades Y En Su Defecto En Custodia A Los Archivos Del Orden Departamental O Municipal Con El Fin De Conservar E Incrementar El Patrimonio Histórico Documental De La Respectiva Región4Los Organismos Del Orden Nacional De Las Ramas Del Poder Público Legislativa, Judicial Y Los Órganos Autónomos Y De Control Transferirán La Documentación Histórica A Su Respectivo Archivo Histórico Creado En Cada Una De Las Entidades, Y En Su Defecto En Custodia Al Archivo General De La Nación, Al Archivo Del Orden Departamental, Municipal O Distrital, Según El Caso5Para La Transferencia De La Documentación Histórica De Los Fondos Acumulados Correspondientes A Los Organismos Nacionales Del Sector Central De La Rama Ejecutiva Al Archivo General De La Nación, Deberán Seguirse Los Siguientes Lineamientos: 16º
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Firmas