DecretoVigente
Decreto 1176 de 1953
Por el cual se aprueban unas aclaraciones, modificaciones y adiciones a los Reglamentos del Seguro Obligatorio de Enfermedad - Maternidad
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 48 De 11Se Entiende Que Están Obligados A Inscribirse E Inscribir A Sus Trabajadores En El Seguro Obligatorio De Enfermedad-Maternidad Todos Los Patronos, Sena Personas Naturales O Jurídicas Que Cumplan Actividades De Las Determinadas En Los Contingentes De Afiliación, Aunque Su Domicilio Se Encuentre Fuera De La Zona En Donde Funciona El Seguro2No Habrá Lugar Al Pago De Las Cotizaciones Previas Establecidas En El Artículo 14 Del Reglamento General Del Seguros Obligatorio De Enfermedad-Maternidad (Decreto 721 De 1949) En El Caso De Retiro Y Posterior Reingreso Del Asegurado, Cuando Dicho Reingreso Se Cumpla Dentro Del Término De Los Seis Meses Posteriores A La Fecha Del Retiro3El Patrono Estará Obligado Al Pago De Aportes Desde El Ingreso Del Trabajador A Su Servicio, Sea Cualquiera La Fecha En Que Éste Haya Sido Inscrito En El Seguro4El Presente Acuerdo Requiere Para Su Validez La Aprobación Del Gobierno Nacional, De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Artículo 9º De La Ley 90 De 12Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición