DecretoVigente
Decreto 568 de 1928
Por el cual se reglamenta la Ley 81 de 1925, sobre becas de la Escuela de Bellas Artes
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Divídense En Tres Clases Las Becas A Que Se Refiere La Ley 81 De 1925, Así: A) Para Profesores Y Antiguos Alumnos De La Escuela: B) Para Alumnos Residentes En Europa, Y C) Para Alumnos Actuales De La Escuela2En Caso De Que No Se Llenen Los Requisitos Exigidos Por Este Decreto Para La Adjudicación De Cualquiera De Estas Clases De Becas, La Cantidad Respectiva Se Dedicará A Aumentar El Número De Becas De Una De Las Otras Clases3Las Becas Para Profesores Y Antiguos Alumnos De La Escuela Serán Dos: Adjudicadas Por El Ministerio De Educación Nacional, Oído El Dictamen Del Consejo Directivo De La Escuela De Bellas Artes De Bogotá, En Las Condiciones Siguientes: 14Las Becas Para Alumnos De La Escuela Residentes En Europa Serán Tres: Adjudicadas Por El Ministerio De Educación Nacional, Oído El Dictamen Del Consejo Directivo De La Escuela De Bellas Artes De Bogotá Y Previo Examen De Las Condiciones De Cada Candidato5Las Becas Para Los Alumnos Actuales De La Escuela Serán Tres, Adjudicadas Por El Ministerio De Educación Nacional, Oído El Dictamen Del Consejo Directivo De La Escuela De Bellas Artes De Bogotá6Los Alumnos Favorecidos Con Las Becas Tendrán Derecho A La Suma De $ 400 Para Viáticos De Ida, Y A Otra Cantidad Igual Para Viáticos De Regreso, Más La Asignación Mensual De $ 100, Durante Un Año De Permanencia En Europa7Los Profesores Y Antiguos Alumnos Y Alumnos Residentes En Europa Y Los Alumnos Actuales De La Escuela Becados, Prestarán Una Fianza A Satisfacción Del Gobierno, Mediante Un Contrato, De Que Cumplirán Con Las Estipulaciones Arriba Mencionadas
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