DecretoVigente
Decreto 3089 de 1979
Por el cual se establecen las tablas de retención en la fuente sobre ssalarios y dividendos para el año gravable de 1980
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para El Año Gravable De 1980 Las Tablas De Retención En La Fuente Sobre Ingresos Salariales Serán Las Siguientes: Tabla Número 12Para Efectos De Aplicar Las Tablas Previstas En El Artículo Anterior, El Trabajador Informará Anualmente Al Retenedor Respecto Al Número De Personas Que Tiene A Su Cargo Y Si Cede Rentas De Trabajo A Su Cónyuge, Las Recibe De Él, O No Cede Ni Recibe Rentas De Trabajo3Para El Año Gravable De 1980, La Tabla De Retención En La Fuente Sobre Dividendos Pagados O Abonados En Cuenta Será La Siguiente: Dividendo Mensual % De Retención 54Las Cantidades Retenidas Se Aproximarán Al Peso Más Cercano En La Siguiente Forma: Cuando Resulte Una Fracción Inferior A Cincuenta Centavos ($ 05A Partir De 1981, El Retenedor Expedirá Anualmente, Dentro Del Mes De Febrero Del Año Siguiente Al Gravable Una Certificación Al Retenido Con Los Siguientes Datos: 16El Presente Decreto Rige A Partir Del 1º De Enero De 1980
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