º A partir de 1981, el retenedor expedirá anualmente, dentro del mes de febrero del año siguiente al gravable una certificación al retenido con los siguientes datos
Año gravable y ciudad donde se practicó la retención.
Apellidos y nombre o razón social del retenedor.
NIT del retenedor.
Apellidos y nombre o razón social del retenido.
NIT del retenido.
Concepto y cuantía de la retención.
Si la retención es por salarios
Indicar si cede o recibe rentas de trabajo;
Número de personas a cargo
Indicar si solicitó retención inferior a la tabla. En tal caso, indicar los datos que trata el inciso 2º del artículo 4º del Decreto 2800 de 1975.
Monto total pagado.